Ropa de trabajo
¿Qué dice el estatuto de los trabajadores sobre la ropa de trabajo?

La adecuada gestión del vestuario laboral, o ropa laboral, es fundamental tanto para la seguridad como para el bienestar de los trabajadores.
En este contexto, el Estatuto de los Trabajadores establece normativas claras respecto a la ropa de trabajo, garantizando derechos y responsabilidades tanto para los empleadores como para los empleados.
Además, la legislación relacionada con la seguridad y la higiene en el trabajo se complementa con normativas específicas, como el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, que regula el uso de Equipos de Protección Individual (EPI).
En este artículo, se abordarán las implicaciones legales del Estatuto de los Trabajadores sobre la ropa de trabajo, destacando sus obligaciones y los servicios que las empresas, como Elis, pueden ofrecer para garantizar el cumplimiento de la normativa.
El Estatuto de los Trabajadores y la obligación de proporcionar ropa de trabajo
El Estatuto de los Trabajadores regula, en su artículo 29, las condiciones bajo las cuales el empleador debe proporcionar los medios y herramientas necesarias para el desempeño adecuado de las funciones laborales, lo que incluye la ropa de trabajo.
Este artículo establece que, en ciertos casos, el empleador debe proporcionar vestimenta específica si la actividad laboral lo requiere, como en los sectores de la construcción, alimentación, sanidad o aquellos que impliquen riesgos para la salud del trabajador.
Asimismo, el artículo 4 del mismo estatuto resalta el derecho de los trabajadores a contar con los medios adecuados para desarrollar sus tareas en condiciones de seguridad.
Es fundamental comprender que el Estatuto de los Trabajadores no solo se refiere a la ropa de trabajo en términos de vestimenta general, sino que también puede incluir ropa especializada en función de los riesgos inherentes a cada puesto de trabajo.

Diferencias entre ropa de trabajo y Equipo de Protección Individual (EPI)
Es importante entender que no toda ropa de trabajo se considera un Equipo de Protección Individual (EPI). La ropa de trabajo estándar, como uniformes o monos, tiene el objetivo de proteger a los trabajadores de suciedad y desgaste general, sin implicar un nivel de protección frente a riesgos específicos.
Sin embargo, cuando la ropa de trabajo está diseñada para proteger a los trabajadores de peligros identificados (como químicos, altas temperaturas o riesgos de caídas), debe considerarse como un EPI.
Los EPI deben cumplir con normativas específicas y ser certificados conforme a los estándares de seguridad establecidos en la normativa europea. El Estatuto de los Trabajadores establece que, en el caso de que la ropa de trabajo cumpla una función protectora frente a riesgos graves, el empleador debe proporcionar los EPI necesarios, y estos deben ser adecuados y de calidad certificada.
La diferencia principal radica en que la ropa de trabajo estándar no ofrece protección frente a riesgos específicos, mientras que los EPI sí están diseñados para ese fin.
El Real Decreto 773/1997 y su relación con la ropa de trabajo
El Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, establece las disposiciones sobre el uso de Equipos de Protección Individual (EPI) en el ámbito laboral. Esta normativa tiene un impacto directo sobre el Estatuto de los Trabajadores, ya que complementa y refuerza la obligación de los empleadores de proporcionar ropa adecuada cuando sea necesario para la protección frente a riesgos laborales específicos.
El Real Decreto define qué constituye un EPI y establece las condiciones para su correcta utilización, mantenimiento y reposición. En relación con la ropa de trabajo, este reglamento especifica que, cuando la ropa desempeñe una función protectora frente a riesgos como caídas, quemaduras o exposición a sustancias peligrosas, debe cumplir con las especificaciones técnicas y contar con la certificación correspondiente.
Para que la ropa de trabajo se considere un EPI bajo este decreto, debe haber sido diseñada y aprobada conforme a los criterios de seguridad establecidos, lo que implica que el empleador tiene la obligación de proporcionar ropa de trabajo que cumpla estos estándares.
¿Qué responsabilidades tiene la empresa respecto a la ropa de trabajo?
El empleador tiene varias responsabilidades en cuanto a la provisión de ropa de trabajo. De acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores y la legislación complementaria, entre las principales obligaciones del empleador destacan:
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Proporcionar la ropa adecuada: la empresa debe asegurar que los trabajadores dispongan de la ropa adecuada para el desempeño de sus funciones, sin coste alguno para ellos, siempre que sea necesario para evitar riesgos o mantener condiciones laborales adecuadas.
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Mantenimiento y reposición: la ropa de trabajo debe ser mantenida en condiciones óptimas y sustituida cuando pierda su funcionalidad. Esto incluye la limpieza de la ropa, su reparación y, en algunos casos, su renovación.
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Formación e información: el empleador debe proporcionar formación e información acerca del uso correcto de la ropa de trabajo o EPI, en especial si la prenda es de protección frente a riesgos específicos.
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Cumplimiento de normativas: la empresa debe cumplir con todas las normativas sobre seguridad e higiene, incluyendo el Real Decreto 773/1997 sobre EPI, y garantizar que la ropa de trabajo cumpla con los requisitos legales establecidos.

Soluciones de Elis para la gestión del vestuario laboral y EPI
Elis, como empresa especializada en el suministro y mantenimiento de ropa de trabajo, ofrece soluciones integrales que permiten a las empresas cumplir con las obligaciones legales establecidas por el Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 773/1997. Entre los servicios ofrecidos por Elis destacan:
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Suministro de vestuario laboral: Elis proporciona una amplia gama de ropa de trabajo que cumple con los estándares de seguridad y confort, adaptándose a los riesgos específicos de cada actividad.
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Mantenimiento y limpieza profesional: los servicios de lavandería industrial de Elis garantizan que la ropa de trabajo se mantenga en condiciones óptimas y cumpla con los requisitos de seguridad durante su uso.
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Renting de vestuario: el modelo de renting de vestuario de Elis ofrece a las empresas la posibilidad de externalizar el suministro, mantenimiento y reposición de ropa de trabajo, asegurando el cumplimiento continuo de la normativa sin asumir el coste y la gestión interna.
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Consultoría y personalización: Elis ofrece servicios de asesoría para ayudar a las empresas a elegir la ropa de trabajo adecuada a los riesgos de cada puesto de trabajo y a cumplir con la normativa vigente.
La ropa de trabajo es un elemento esencial para garantizar la seguridad y el bienestar de los trabajadores en diversos sectores.
El Estatuto de los Trabajadores establece la obligación de los empleadores de proporcionar vestimenta adecuada en función de los riesgos laborales, y el Real Decreto 773/1997 regula el uso de EPI, estableciendo la necesidad de proporcionar equipos de protección específicos cuando los riesgos sean graves.
Las empresas deben cumplir con estas normativas, y contar con servicios especializados como los que ofrece Elis puede facilitar la gestión de este aspecto crucial de la seguridad laboral.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Está obligado el empleador a proporcionar ropa de trabajo?
Sí, el empleador debe proporcionar ropa de trabajo cuando sea necesario para proteger la salud del trabajador o cumplir con las normativas de seguridad laboral.
¿Qué pasa si la ropa de trabajo no cumple con los requisitos de seguridad?
Si la ropa de trabajo no cumple con los requisitos de seguridad establecidos por la legislación, la empresa puede ser sancionada y, lo más grave, poner en riesgo la seguridad de los empleados.
¿El servicio de renting de vestuario de Elis asegura el cumplimiento de la normativa?
Sí, Elis garantiza que la ropa de trabajo proporcionada a través de su servicio de renting cumple con todas las normativas vigentes en materia de seguridad laboral.
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